La decisión del gobierno nacional de prorrogar hasta el 30 de agosto próximo la vigencia de los precios máximos dispuestos para 304 productos básicos, que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza, de acuerdo con sus valores al 6 de marzo último, quedó oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata de la la Resolución 200/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, que establece esta medida en el marco de las políticas del Gobierno nacional destinadas a dar respuesta a la crisis económica por la pandemia de coronavirus.
En la norma, se intima además a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión” durante el período de vigencia de la medida.
La resolución, que lleva la firma de la secretaria del área, Paula Español, extiende los alcances de la Resolución 100/2020, emitida el 19 de marzo último.
La prórroga dispuesta comprende a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas, y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.